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La Prosecretaría de Presidencia desestimó el recurso de Distritrade y quedó firme la multa de U$S 72.000

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4/11/2026, 7:43:20 p. m.

La Prosecretaría de Presidencia desestimó el recurso de Distritrade y quedó firme la multa de U$S 72.000

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Resumen

La Prosecretaría de la Presidencia desestimó el 30 de octubre de 2026 el recurso jerárquico de DISTRITRADE S.A. contra una multa de 500.000 unidades indexadas (unos U$S 72.000) aplicada por la SENACLAFT por incumplimientos en prevención de lavado de activos. La empresa había pedido comparar su caso con todas las sanciones del organismo desde marzo de 2022 y la resolución rechazó ese planteo porque cada expediente tiene variables propias. El camino administrativo quedó cerrado y solo resta la vía judicial.

Según informa Diario Correo de Punta del Este, la Prosecretaría de la Presidencia de la República desestimó el 30 de octubre de 2026 el recurso jerárquico que DISTRITRADE S.A. había presentado contra una multa de 500.000 unidades indexadas —unos U$S 72.000— que la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT) le aplicó por incumplimientos en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. Con esa decisión, la sanción quedó confirmada en la órbita administrativa y el asunto se encamina hacia la Justicia, que es la única instancia que le resta a la empresa. El eje de la defensa de DISTRITRADE fue la comparación con otras sanciones del organismo, un planteo que la Prosecretaría terminó descartando.

El argumento central de la resolución es que cada expediente de fiscalización considera variables específicas —sector de actividad, antecedentes, volumen de ingresos y conducta del fiscalizado— que no son trasladables de un caso a otro. Comparar sanciones sin atender a esas diferencias resulta, según la resolución, ajeno al objeto del procedimiento. La Prosecretaría cerró el camino administrativo con el mismo argumento que la SENACLAFT había utilizado en noviembre de 2025 para rechazar por impertinente la prueba que reclamaba la empresa, cuando todavía discutía el monto de la multa dentro del organismo.

La sanción original data del 27 de mayo de 2025, cuando la SENACLAFT notificó a la empresa y le dio vista antes de aplicar la multa. DISTRITRADE cuestionó la resolución y pidió que se incorporara al expediente el listado completo de todas las sanciones impuestas por el organismo desde marzo de 2022 hasta la fecha, con detalle de infracciones, categoría del sujeto obligado y montos: quería comparar su caso con otros para demostrar que la multa era desproporcionada. La SENACLAFT rechazó esa prueba por impertinente en noviembre de 2025 y, en marzo de 2026, tampoco hizo lugar al recurso de revocación y franqueó el jerárquico ante el Poder Ejecutivo.

Con el jerárquico desestimado, la empresa tiene abierta la vía judicial para continuar impugnando la multa. En el material revisado no se encontró mención a un anuncio de DISTRITRADE sobre un eventual planteo ante la Justicia, ni precisiones sobre plazos o herramientas procesales. La multa sigue siendo de 500.000 unidades indexadas, unos U$S 72.000 según la conversión que publica el medio.

Documentos y fuentes

Mencionados en esta nota: DISTRITRADE S.A., Poder Ejecutivo, Prosecretaría de la Presidencia de la República, Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft)