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Un proyecto de ley obliga a supermercados y comercios de más de 400 metros cuadrados a ofrecer baños gratis

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31/10/2026, 3:10:39 p. m.

Un proyecto de ley obliga a supermercados y comercios de más de 400 metros cuadrados a ofrecer baños gratis

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Resumen

Un proyecto de ley ingresado a la Cámara de Representantes obliga a los comercios de más de 400 metros cuadrados a ofrecer baños gratuitos y accesibles para clientes y visitantes. La iniciativa del diputado por Salto Martín Ferreira Pinto prohíbe condicionar el acceso a una compra o al pago de una membresía. Los locales en funcionamiento tendrían 180 días desde la reglamentación para adecuarse.

Según informa El Observador, un proyecto de ley ingresado a la Cámara de Representantes obliga a los establecimientos comerciales de gran superficie a garantizar baños gratuitos y accesibles para clientes y visitantes. La iniciativa la presentó el diputado por Salto Martín Ferreira Pinto y alcanza a los locales cuya superficie destinada a la atención y circulación de clientes sea igual o superior a 400 metros cuadrados. El texto comprende supermercados, hipermercados y grandes locales de venta minorista. En centros comerciales y galerías, la obligación puede cumplirse mediante servicios higiénicos comunes y accesibles para los visitantes durante todo el horario de apertura, y el articulado excluye del cómputo de superficie a los depósitos, áreas administrativas y otras dependencias sin acceso ordinario del público. El uso será estrictamente gratuito: la norma prohíbe condicionar el ingreso a la realización de compras, consumiciones, pago de membresías o presentación de comprobantes comerciales, aunque admite medidas razonables de seguridad que no impidan ni demoren de manera injustificada el acceso de los usuarios.

La justificación aparece en la exposición de motivos, que enfatiza que la ausencia de servicios higiénicos afecta de manera intensa a niños, adultos mayores, embarazadas, personas con discapacidad y a quienes requieren acceso urgente. Sobre ese argumento se arma el resto del articulado, que además pone la responsabilidad del cumplimiento en cabeza del titular de la explotación comercial o de la administración, en el caso de las áreas comunes.

El proyecto se apoya en un marco que ya existe: según el texto, las instalaciones y sus recorridos de acceso deben ajustarse a las obligaciones de accesibilidad previstas en la Ley Nº 18.651 del 19 de febrero de 2010. En el material revisado no se encontraron antecedentes de otras iniciativas parlamentarias similares ni el detalle de proyectos previos sobre el mismo tema.

Los comercios en funcionamiento dispondrán de un plazo de 180 días a partir de la vigencia de la reglamentación para adecuarse, con posibilidad de una prórroga de hasta 180 días adicionales ante dificultades técnicas o constructivas debidamente acreditadas. Para inmuebles con restricciones estructurales o protección patrimonial se prevén soluciones alternativas equivalentes, mientras que los nuevos establecimientos deberán cumplir con las exigencias desde el inicio de sus actividades. El Poder Ejecutivo contará con 120 días desde la promulgación para aprobar la reglamentación técnica correspondiente, y la normativa se aplicará sin perjuicio de exigencias más protectoras ya previstas en normas nacionales o departamentales. Por ahora se trata de un proyecto ingresado a la Cámara de Representantes: los plazos previstos correrían desde la vigencia de esa reglamentación.

Este dato no pudo ser confirmado por una segunda fuente al cierre de esta edición: El contenido del proyecto de ley y su presentación en la Cámara de Representantes se conocen a través de un único artículo de El Observador: no se encontró el texto del proyecto ni una publicación oficial que lo respalde.

Mencionados en esta nota: Cámara de Representantes, El Observador, Martín Ferreira Pinto, Poder Ejecutivo