Jueves 5 de noviembre de 2026Maldonado, UruguayEdición digital
CódigoPúblico

Inteligencia en información.

Recibí el resumen
Nacionales

El BPS elige a sus tres representantes el 22 de noviembre: ya se puede consultar dónde votar

Verificado según el Código · v1.0

5/11/2026, 7:31:21 p. m.

El BPS elige a sus tres representantes el 22 de noviembre: ya se puede consultar dónde votar

Ver infografía con los puntos clave

Resumen

El domingo 22 de noviembre se realizan las elecciones del BPS para definir a los tres representantes del directorio por trabajadores activos, jubilados y pensionistas, y empresas contribuyentes. Ya está disponible el buscador de padrón de la Corte Electoral para consultar dónde vota cada persona habilitada. El voto es obligatorio y quienes no concurran ni justifiquen la ausencia deberán abonar multas.

Las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS) se realizarán el domingo 22 de noviembre y cada persona habilitada a sufragar ya puede consultar en el buscador de padrón de la Corte Electoral dónde le toca votar. En estos comicios se definen los tres representantes que integrarán el directorio del organismo estatal por los órdenes de los trabajadores activos, los jubilados y pensionistas, y las empresas contribuyentes, según publicó El País. El plan circuital elaborado por la Corte Electoral ofrece los detalles del lugar de votación de cada uno de los casi 2,2 millones de votantes convocados a las urnas para sufragar de manera obligatoria, incluyendo a unas 63.600 personas extranjeras que, a pesar de no contar con una credencial, podrán llevar su cédula de identidad para votar.

La instancia electoral convoca a los tres órdenes del BPS --trabajadores activos, jubilados y pensionistas, y empresas contribuyentes-- a definir a sus representantes en el directorio del organismo. El voto es obligatorio para todas las personas que figuren en el padrón, de acuerdo con la información publicada por El País.

La normativa vigente establece que están exoneradas de la obligación de votar las personas mayores de 75 años de edad y quienes sean titulares de prestaciones por incapacidad, sin importar su edad. Sin embargo, estas excepciones no benefician a los mandatarios o apoderados designados para representar a las empresas en la elección. Para el resto de los habilitados que no vayan a votar, la Corte Electoral tramitará justificaciones únicamente bajo las causales que establece la normativa.

Quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia deberán abonar multas económicas. En el caso de las personas físicas, la multa asciende a una unidad reajustable (UR), equivalente a $ 1.923 pesos uruguayos a la fecha, según El País. Para las empresas contribuyentes, las penalizaciones varían entre 6, 12 y 20 Unidades Reajustables según la cantidad de trabajadores dependientes, aplicándose si la firma no designó un mandatario o si este no se presentó al acto electoral.

Mencionados en esta nota: Banco de Previsión Social, Corte Electoral