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El TCA anuló la resolución que negaba a Osvaldo Brucco registrar la marca "Tequila" para discotecas en Uruguay

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24/9/2026, 9:12:04 p. m.

El TCA anuló la resolución que negaba a Osvaldo Brucco registrar la marca "Tequila" para discotecas en Uruguay

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Resumen

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo anuló la resolución de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial que negaba al empresario Osvaldo Horacio Brucco el registro de la marca "TEQUILA" para clubes nocturnos y discotecas en Uruguay. El fallo, redactado por la ministra Rosina Rossi, se resolvió por mayoría y sostuvo que la denominación de origen mexicana protege solo a la bebida alcohólica de la clase 33. La información proviene de un único artículo de Diario Correo de Punta del Este, sin acceso al texto de la sentencia ni a un comunicado oficial.

Según informa Diario Correo de Punta del Este, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anuló la resolución de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI) que le había negado al empresario argentino Osvaldo Horacio Brucco el registro de la marca "TEQUILA" para distinguir clubes nocturnos y discotecas en Uruguay. La sentencia, redactada por la ministra Dra. Rosina Rossi y firmada también por los ministros Cal, Corujo y Reyes, hizo lugar por mayoría a la demanda del empresario: el Tribunal consideró que la denominación de origen "Tequila" protege exclusivamente a la bebida alcohólica comprendida en la clase 33, y que su extensión a otras clases marcarias —como los servicios de entretenimiento nocturno de la clase 41— no encuentra sustento en la normativa aplicable. El fallo destacó, además, que ni el Estado ni el Consejo Regulador mexicano ofrecieron prueba alguna que acreditara confusión real en el público consumidor entre la discoteca y la bebida. La decisión no fue unánime.

El conflicto se originó cuando Brucco solicitó ante la DNPI el registro de la marca mixta "TEQUILA" en la clase internacional 41, que agrupa servicios de clubes nocturnos y discotecas. La solicitud fue rechazada en noviembre de 2023, después de la oposición del Consejo Regulador del Tequila de México, que argumentó que "Tequila" es una denominación de origen protegida por la ley uruguaya y por el Tratado de Libre Comercio suscrito entre Uruguay y México en 2003. Brucco sostuvo que la prohibición era errónea: para el empresario, el principio de especialidad marcaria impide extender la protección de una denominación de origen más allá de la clase de productos para la que fue registrada, y los consumidores de servicios de discotecas no confundirían el establecimiento con la bebida alcohólica de origen mexicano. El TCA le dio la razón por ese mismo camino: aplicando el principio de especialidad y jurisprudencia anterior del propio Tribunal —incluido un precedente sobre el registro de la marca "Ginebra"—, el fallo concluyó que la Administración realizó una interpretación errónea del numeral 4 del artículo 4 de la Ley 17.011 al denegar el registro solicitado.

Antes de esta disputa, Brucco ya era titular del registro de la marca "TEQUILA" en la clase internacional 43, que abarca restaurantes, cantinas y bares, un registro que había coexistido pacíficamente con la denominación de origen mexicana registrada en la clase 33 para bebidas alcohólicas. Para la sentencia, esa coexistencia previa y pacífica demostraba que no existía vulneración de derechos de terceros de buena fe. El empresario es, según la descripción del artículo, una figura de la noche y la gastronomía en Buenos Aires y en La Barra: fundador de la legendaria discoteca Tequila de Buenos Aires, referente de la vida nocturna porteña durante décadas, del restaurante Gardiner y de Happening, dos instituciones de la gastronomía de la capital argentina. Su marca Tequila también opera en La Barra, consolidándose como uno de los emprendimientos más reconocidos del empresario en la zona.

Con la sentencia ejecutoriada, Brucco podrá avanzar en el registro de la marca "TEQUILA" para sus clubes nocturnos y discotecas en Uruguay, consolidando la protección legal de una de las marcas más reconocidas de la noche rioplatense a ambas orillas del Río de la Plata, según recoge el medio. El fallo, además, sostiene un criterio sobre el alcance de las denominaciones de origen frente a otras clases marcarias, en línea con la jurisprudencia anterior del propio Tribunal que el texto invoca. El artículo no detalla si la DNPI o el Consejo Regulador del Tequila de México se pronunciaron tras la decisión, ni qué otros registros podrían verse alcanzados por el mismo criterio.

La sentencia no fue unánime. El ministro Dr. Edgardo Ettlin emitió una discordia de extensos fundamentos en la que sostuvo que "Tequila" es una denominación de origen renombrada a nivel mundial —hecho que, según el artículo, el propio Brucco reconoció en su demanda— y que su protección debe ser transversal a todas las clases marcarias, independientemente del producto o servicio al que se aplique. Ettlin argumentó que permitir el registro podría generar un riesgo de dilución y asociación indebida con la denominación mexicana, además de constituir una forma de parasitismo de la reputación ajena. El artículo no incluye declaraciones de Brucco, de la DNPI ni del Consejo Regulador del Tequila de México sobre el fallo.

Este dato no pudo ser confirmado por una segunda fuente al cierre de esta edición: El contenido del fallo del TCA, la integración del Tribunal que lo suscribió y los detalles de la resolución de la DNPI se conocen únicamente a través de un artículo de Diario Correo de Punta del Este: no se accedió al texto de la sentencia ni a un comunicado oficial del organismo, y no hay una segunda fuente independiente que los confirme. La fecha exacta del fallo tampoco surge del artículo.

Documentos y fuentes

Mencionados en esta nota: Buenos Aires, Consejo Regulador del Tequila de México, Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, Edgardo Ettlin, La Barra, Osvaldo Horacio Brucco, Rosina Rossi, Tribunal de lo Contencioso Administrativo