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Elecciones del BPS: el voto será obligatorio el 22 de noviembre y las multas llegan a 20 UR

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21/10/2026, 5:11:18 p. m.

Elecciones del BPS: el voto será obligatorio el 22 de noviembre y las multas llegan a 20 UR

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Resumen

Las elecciones de representantes sociales del BPS se realizarán el domingo 22 de noviembre de 2026 y el voto es obligatorio para trabajadores activos, jubilados y pensionistas y empresas contribuyentes incluidas en el padrón. Quienes no voten ni justifiquen la ausencia deberán pagar multas de 1 UR (unos $1.900) para las personas y de 6, 12 o 20 UR para las empresas, que pueden llegar a unos $38.000. La justificación se tramita online después de la elección y hasta el 21 de enero de 2027.

Según informa El País, las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS) se celebrarán el domingo 22 de noviembre de 2026, en una instancia de carácter obligatorio en la que se elegirán los representantes sociales que integrarán el directorio del organismo en tres órdenes: trabajadores activos, jubilados y pensionistas, y empresas contribuyentes. La fecha fue establecida formalmente por la Corte Electoral, que ya tiene publicado el plan circuital definitivo para consultar la habilitación y el circuito asignado ingresando la cédula de identidad y la fecha de nacimiento. La obligación de sufragar alcanza a los tres sectores incluidos en los padrones, que según informó el BPS reúnen a más de 2.200.000 personas habilitadas. La participación es obligatoria para quienes al sábado 28 de febrero de 2026 cumplieran los requisitos específicos de cada orden o los reunieran al 31 de julio de 2025, de acuerdo con la web del BPS. Quienes no figuren en el padrón, en cambio, no están habilitados para votar ni quedan sujetos a ningún tipo de sanción, precisó el organismo. La instancia no responde a una decisión circunstancial. El directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y por tres directores sociales electos, uno por cada orden, y esa elección se realiza por mandato constitucional. El director del BPS, Ariel Ferrari, lo resumió en la presentación oficial: «Es un acto muy importante por mandato constitucional» y, en cifras, la segunda elección del país después de la nacional. De ahí que el voto sea secreto, personal y obligatorio, y que sea la Corte Electoral la encargada de confeccionar los padrones, que cerraron el 28 de febrero de 2026.

La instancia no responde a una decisión circunstancial. El directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y por tres directores sociales electos, uno por cada orden, y esa elección se realiza por mandato constitucional. El director del BPS, Ariel Ferrari, lo resumió en la presentación oficial: «Es un acto muy importante por mandato constitucional» y, en cifras, la segunda elección del país después de la nacional. De ahí que el voto sea secreto, personal y obligatorio, y que sea la Corte Electoral la encargada de confeccionar los padrones, que cerraron el 28 de febrero de 2026.

El padrón que ordena esa elección se presentó el martes 1 de setiembre en conferencia de prensa, con la presencia del presidente de la Corte Electoral, Wilfredo Penco, y de Ferrari, junto a otras autoridades del organismo. Desde entonces la consulta quedó abierta en la web de la Corte Electoral, y quienes no se encontraran en el padrón y entendieran que debían integrarlo tuvieron plazo para reclamar hasta el 14 de setiembre. Antes, el 15 de junio, había vencido el plazo para que las empresas contribuyentes no estatales, pluripersonales o sociedades designaran un mandatario que concurriera a votar; las que no lo hicieron en ese plazo ya no pueden hacerlo. El BPS precisó además que no votan las empresas contribuyentes de aportación Civil, Bancaria, Notarial y Profesional, los titulares usuarios de servicios, los empleadores de Servicio Doméstico ni los titulares de obras de Construcción.

Pasada la elección, quienes estaban habilitados y no votaron ni tramitaron la justificación deberán pagar una multa. Para trabajadores activos, jubilados y pensionistas la sanción equivale a 1 Unidad Reajustable (UR), unos $1.900 a valores de agosto de 2026, mientras que para profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República y funcionarios públicos asciende a 2 UR, $3.800. En el caso de las empresas contribuyentes las multas son de 6, 12 o 20 UR según la cantidad de empleados dependientes con los que cuenten, y pueden llegar a unos $38.000: la sanción recae sobre la empresa cuando no designó mandatario o cuando el representante registrado no concurrió a votar. La justificación por el no voto se tramitará únicamente mediante un formulario electrónico en el sitio de la Corte Electoral, disponible después de la elección y hasta el jueves 21 de enero de 2027. Quedan exonerados de la obligación los afiliados con 75 años cumplidos a la fecha de la elección y los titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el BPS, cualquiera sea su edad, según la reglamentación publicada por la Corte Electoral; esa exoneración no alcanza a los mandatarios o representantes designados para emitir el voto en nombre de las empresas contribuyentes.

Ferrari fue quien puso números a la instancia: detalló que hay aproximadamente 336.000 empresas, de las cuales 166.223 son unipersonales, y que casi 100.000 extranjeros generaron derecho al voto, lo que a su juicio «muestra la calidad de la seguridad social en nuestro país». Penco, en tanto, destacó la importancia de los plazos en su participación durante la presentación del padrón.

Este dato no pudo ser confirmado por una segunda fuente al cierre de esta edición: Los equivalentes en pesos de las multas ($1.900 para trabajadores, jubilados y pensionistas; $3.800 para profesionales con título de la Universidad de la República y funcionarios públicos; hasta $38.000 para empresas) surgen únicamente del artículo de El País y no se pudieron cotejar con una segunda fuente. Lo que sí está en la normativa publicada por la Corte Electoral es el monto en Unidades Reajustables: 1 UR, 2 UR y 6, 12 o 20 UR según el caso.

Mencionados en esta nota: Ariel Ferrari, Banco de Previsión Social, Corte Electoral, Wilfredo Penco