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La Justicia de Maldonado ordenó a Enrique Antía devolver al INC el campo El Sarandí, de 46 hectáreas en Aiguá

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12/10/2026, 8:01:44 p. m.

El hecho ocurrió el 10/10/2026

La Justicia de Maldonado ordenó a Enrique Antía devolver al INC el campo El Sarandí, de 46 hectáreas en Aiguá

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Resumen

La jueza letrada de 6º turno de Maldonado, Gabriela Aida Tuberosa Etchart, ordenó en primera instancia al ex intendente Enrique Antía entregar al Instituto Nacional de Colonización la fracción N° 4D de la Colonia Benito Nardone, conocida como campo El Sarandí, de 46 hectáreas, en Aiguá. El juzgado adoptó los fundamentos del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y concluyó que el demandado no residía en el predio ni lo trabajaba directamente. El fallo no está firme y sería apelado.

Según informa Diario Correo de Punta del Este, la jueza letrada de 6º turno de Maldonado, Gabriela Aida Tuberosa Etchart, dictó el jueves 8 de octubre una sentencia en primera instancia que ordena al ex intendente departamental Enrique Antía entregar al Instituto Nacional de Colonización la fracción N° 4D de la Colonia Benito Nardone —conocida como campo El Sarandí, de 46 hectáreas—, ubicada en Aiguá, en el departamento de Maldonado. El fallo desestimó el excepcionamiento opuesto por el demandado y mantuvo la entrega de la cosa que había sido decretada en forma liminar. La resolución no está firme y, de acuerdo con el mismo artículo, será seguramente apelada por el ex jefe comunal.

El juzgado hizo suyos los fundamentos del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y concluyó que Antía no logró desvirtuar lo que había constatado la inspección de campo: no residía en el predio ni lo trabajaba directamente, con lo que incumplía el literal b del artículo 61 de la Ley de Colonización N° 11.029. Para el tribunal, la fracción arrendada operaba en los hechos como una ampliación del área de las fracciones linderas explotadas por la sociedad civil agropecuaria, sin que el colono encajara en el perfil que la ley manda priorizar: productores familiares o trabajadores rurales con necesidad de tierra y disposición a residir en el medio rural. Desestimadas las excepciones y confirmada la rescisión por el TCA, el juzgado resolvió que no existía causa legítima que habilitara al demandado a permanecer en el predio, y ordenó mantener la entrega de la cosa decretada, sin especial condena procesal.

El origen del caso es anterior: en 2013 el directorio del INC había accedido a una permuta solicitada por el propio Antía, entonces arrendatario de la fracción N° 5 de la misma colonia —campo El León, de 106 hectáreas— por la fracción N° 4D de 46 hectáreas, con aplicación de renta diferencial. Una inspección técnica realizada en 2018 constató que Antía incumplía los requisitos fundamentales que la Ley de Colonización exige a los colonos: residencia en el predio y trabajo directo de la tierra. El relevamiento determinó que residía en la ciudad de Maldonado —donde desempeñaba funciones públicas entre 2015 y 2020— y que la fracción no contaba con vivienda ni mejoras que posibilitaran la residencia; además, el trabajo directo no lo hacía el colono sino empleados contratados por la sociedad civil agropecuaria Antía Chiacchio, que explota en conjunto unas 1.400 hectáreas, incluidas fracciones de propiedad del socio Daniel Chiacchio, fallecido tiempo atrás. El propio contrato de arrendamiento había vencido el 20 de enero de 2016 sin que Antía fuera confirmado como arrendatario. Con esos elementos, el INC rescindió el contrato y Antía impugnó el acto ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que en febrero de 2024 desestimó la pretensión anulatoria y confirmó el acto administrativo de rescisión; esa resolución fue incorporada como hecho nuevo al proceso judicial de entrega de la cosa. La causa, iniciada en 2019, tuvo un largo recorrido con varios traslados entre juzgados, una excepción de inconstitucionalidad rechazada por la Suprema Corte de Justicia en 2020 y un período de archivamiento que se extendió desde diciembre de 2022 hasta julio de 2025.

Con la sentencia, Antía queda obligado a entregar la fracción N° 4D al Instituto Nacional de Colonización, aunque la decisión todavía puede revertirse en una instancia superior: el fallo no está firme y el artículo anticipa que será apelado por el ex jefe comunal. El tribunal, en tanto, no impuso especial condena procesal.

El fallo también tuvo lectura política. El diputado del Frente Amplio Joaquín Garlo sostuvo, en declaraciones difundidas por el portal Medios Públicos, que "durante décadas, Antía explotó un campo propiedad del Instituto Nacional de Colonización, incumpliendo absolutamente todas las normas vigentes que rigen a los colonos en nuestro país". Para el legislador, el caso es "el paradigma también del desparpajo con que algunos políticos de nuestro país se manejan en torno al uso de lo público". El material revisado no incluye declaraciones del ex intendente ni de su defensa sobre esta sentencia.

Este dato no pudo ser confirmado por una segunda fuente al cierre de esta edición: El contenido y los fundamentos de la sentencia de primera instancia se conocen únicamente a través del artículo de Diario Correo de Punta del Este: no se accedió al texto de la sentencia ni a la resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de febrero de 2024, y la búsqueda realizada no devolvió ningún respaldo de fuente oficial. Tampoco está confirmado si la apelación anunciada por el artículo ya fue presentada.

Mencionados en esta nota: Aiguá, Antía Chiacchio, Colonia Benito Nardone, Daniel Chiacchio, Enrique Antía, Gabriela Aida Tuberosa Etchart, Instituto Nacional de Colonización, Joaquín Garlo, Juzgado Letrado de 6º turno de Maldonado, Maldonado, Suprema Corte de Justicia, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, campo El Sarandí