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La Suprema Corte avaló la educación a distancia de una comunidad menonita de Florida y Mahía anunció que impulsará cambios en la LUC

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25/9/2026, 7:41:34 p. m.

La Suprema Corte avaló la educación a distancia de una comunidad menonita de Florida y Mahía anunció que impulsará cambios en la LUC

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Resumen

La Suprema Corte de Justicia falló a favor de una comunidad menonita de Florida que no envía a sus hijos a la escuela y opta por la educación a distancia, y rechazó el recurso presentado por la ANEP, en una sentencia votada por mayoría. El ministro de Educación y Cultura, José Carlos Mahía, anunció que impulsará un proyecto de ley para derogar o sustituir el artículo de la LUC que, según su lectura, desliga la obligatoriedad de recibir la educación en un centro público o privado.

Según informa Teledoce, la Suprema Corte de Justicia falló a favor de una comunidad menonita instalada en el departamento de Florida que no envía a sus hijos a la escuela y opta por un modelo de educación a distancia. El máximo órgano del Poder Judicial rechazó el recurso presentado por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), en una sentencia que se votó por mayoría. Los ministros que respaldaron la decisión argumentaron que la Constitución garantiza el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos, siempre que se asegure un aprendizaje efectivo. Los que votaron en disidencia sostuvieron que la enseñanza en Uruguay es obligatoria y que eso implica la escolarización en centros habilitados por el Estado, para garantizar la socialización y el control pedagógico. Tras conocerse el fallo, el ministro de Educación y Cultura, José Carlos Mahía, informó que, en acuerdo con la ANEP, impulsará una modificación de la normativa vigente.

La disputa legal entre la ANEP y la comunidad se remonta a 2024, cuando el organismo constató que 11 niños no asistían a centros educativos por razones religiosas. Las familias los inscribieron en un colegio de Estados Unidos y los menores siguen a distancia las clases impartidas por dos docentes. Ese arreglo fue el que la ANEP llevó a la Justicia y el que la Suprema Corte terminó validando: para la mayoría del tribunal, la Constitución ampara el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos, siempre que se asegure un aprendizaje efectivo.

El trasfondo de la discusión es normativo. La Ley de Urgente Consideración (LUC), votada durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, establece que la obligatoriedad alcanza a la educación inicial, primaria y media, pero no determina que deba recibirse necesariamente en una institución educativa. Ese punto es el que el ministro cuestionó de plano y el que, según adelantó, buscará cambiar por vía legislativa.

Por ahora, el fallo deja firme la situación de la comunidad menonita de Florida: la ANEP no consiguió que la Justicia le diera la razón. Sobre ese escenario, Mahía anunció que redactará un proyecto de ley para modificar la LUC y que lo presentará ante el Parlamento, con la aspiración de que alcance los mayores niveles de consenso. La iniciativa apunta, según explicó, a derogar o sustituir el artículo que a su juicio 'baja o elimina' la obligatoriedad de enviar a los hijos a la educación pública o privada.

El abogado de la comunidad menonita de Florida —cuyo nombre no figura en el material— calificó el fallo de la Justicia como 'histórico' e 'incontrovertible'. Mahía, en tanto, dijo que respeta la decisión de la Corte, pero consideró que el fallo 'pega fuerte' en la tradición educativa uruguaya. 'La mejor tradición uruguaya, yo te diría, vareliana, hace que cualquier persona envíe un hijo a estudiar en el sector público o privado. Pero que lo envíe a estudiar. Es parte del crecimiento, de los valores, de la identidad, el poder aprender en un espacio común con otros', planteó. Y agregó: 'Hay que ir por el camino legal. El artículo que está en la LUC vigente de bajar o eliminar la obligatoriedad con respecto de enviar a nuestros hijos a la educación pública o privada es un error. Desde ese lugar creo que hay que trabajar: desde la derogación o la sustitución por otra norma'.

Este dato no pudo ser confirmado por una segunda fuente al cierre de esta edición: El fallo de la Suprema Corte de Justicia se conoce únicamente a través de un artículo de Teledoce: no se encontró la sentencia ni un comunicado oficial de la SCJ, la ANEP o el Ministerio de Educación y Cultura en el material revisado. Por eso quedan sin confirmación independiente la votación por mayoría, los argumentos de los ministros de cada lado, la cifra de 11 niños que no asistían a centros educativos y el detalle del colegio del exterior y de los dos docentes que dictan las clases a distancia.

Mencionados en esta nota: Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), Estados Unidos, Florida, José Carlos Mahía, Ministerio de Educación y Cultura, Suprema Corte de Justicia