Fallo de la Suprema Corte por los niños menonitas de Florida: el Codicen y el MEC impulsarán un cambio en la Ley de Educación
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6/10/2026, 2:41:20 p. m.
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Resumen
La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación de la ANEP y avaló que los niños de una comunidad menonita de Florida reciban educación mediante una modalidad que combina un centro propio con formación a distancia de una institución extranjera. El Codicen consideró el fallo preocupante y resolvió por unanimidad pedirle al MEC una solución legal, por lo que ambos organismos impulsarán ante el Parlamento una modificación de la normativa. La información surge de un artículo de Radio Carve.
Según informa Radio Carve, la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación presentado por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y avaló que los niños de una comunidad menonita instalada en Florida reciban educación mediante una modalidad que combina la asistencia a un centro de la propia comunidad con formación a distancia de una institución educativa extranjera. La mayoría de la Corte entendió que no estaba vulnerado el derecho a la educación y que la Constitución reconoce a los padres un amplio margen para elegir la educación de sus hijos. La resolución, conocida semanas atrás, abrió una discusión que excede largamente a esa comunidad: qué significa exactamente que la educación sea obligatoria en el país. Desde la ANEP, en cambio, la lectura es muy diferente: el presidente del Codicen, Pablo Caggiani, calificó el fallo como preocupante y sostuvo que esa modalidad no garantiza, a juicio del organismo, el derecho a la educación tal como Uruguay lo ha entendido históricamente.
El razonamiento de la Corte tuvo un punto de apoyo central en un cambio normativo previo. La Ley de Urgente Consideración modificó el artículo 7 de la Ley General de Educación y eliminó la referencia expresa a la obligatoriedad de inscribir a los niños en un centro de enseñanza: desde entonces, la norma establece que los padres tienen el deber de contribuir al cumplimiento de la obligación educativa. Esa modificación terminó siendo determinante en el razonamiento judicial, de acuerdo con el relato de Radio Carve. El expediente, en tanto, se originó en una denuncia presentada durante el pasado período de gobierno, que derivó en la actuación de la Justicia y, finalmente, en el recurso de casación que la ANEP llevó ante la Suprema Corte de Justicia.
La comunidad involucrada pertenece a los menonitas, un movimiento cristiano protestante surgido en Europa que debe su nombre al exsacerdote Menno Simons, organizador de las primeras congregaciones en el siglo XVI; hoy sus grupos se dedican a trabajar la tierra con un estilo de vida sencillo, en el que es muy importante mantenerse apartado del resto del mundo. A partir de la denuncia presentada durante el pasado período de gobierno, el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia, que resolvió sobre el recurso de casación interpuesto por la ANEP y, por mayoría, se pronunció a favor de la modalidad educativa que la comunidad venía aplicando.
La postura del organismo no quedó solo en una declaración: el Codicen decidió por unanimidad pedirle al Ministerio de Educación y Cultura (MEC) una solución legal, y ahora ambos organismos impulsarán ante el Parlamento una modificación de la normativa. El paso abre, además, una discusión de fondo que el caso dejó planteada: hasta dónde llega la libertad de los padres para elegir la educación de sus hijos y dónde empieza la responsabilidad del Estado de garantizar que todos los niños y adolescentes estén efectivamente dentro del sistema educativo. Queda por ver, también, qué consecuencias puede tener esta resolución para otros casos en Uruguay.
Pablo Caggiani, presidente del Consejo Directivo Central (Codicen) de la ANEP, calificó el fallo como preocupante y sostuvo que la modalidad avalada no garantiza el derecho a la educación tal como Uruguay lo ha entendido históricamente. Del otro lado, la posición mayoritaria de la Suprema Corte de Justicia, que entendió que no estaba vulnerado el derecho a la educación y que la Constitución reconoce a los padres un amplio margen para elegir la educación de sus hijos.
Documentos y fuentes
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Mencionados en esta nota: Administración Nacional de Educación Pública, Consejo Directivo Central, Florida, Ministerio de Educación y Cultura, Pablo Caggiani, Parlamento, Suprema Corte de Justicia