La Justicia intimó al Ministerio del Interior a entregar en 60 días la información sobre autorizaciones especiales del Hospital Policial que reclama Charles Carrera
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13/9/2026, 12:11:01 p. m.
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Resumen
La jueza letrada en lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, María Eugenia Ferrer Sugo, intimó al Ministerio del Interior a entregar en 60 días la información sobre las autorizaciones especiales del Hospital Policial que reclama el exsenador Charles Carrera. El fallo del 7 de setiembre se apoya en las reglas del proceso de ejecución de sentencia, en el marco de un diferendo sobre qué documentación debe transparentarse. El proceso penal contra Carrera sigue suspendido mientras un tribunal de apelaciones define el planteo de prescripción de la defensa.
Según informa El Observador, la jueza letrada en lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, María Eugenia Ferrer Sugo, dictó el 7 de setiembre una sentencia que intima al Ministerio del Interior a cumplir formalmente con la solicitud de información del exsenador Charles Carrera sobre las autorizaciones especiales del Hospital Policial, y le fija un plazo de 60 días para hacerlo. El fallo, al que el medio dice haber accedido, aplica las reglas del proceso de ejecución de sentencia y llega después de que la defensa del exsenador reclamara ante la justicia civil que la documentación ya entregada por la secretaría de Estado no daba cabal cumplimiento a la condena dispuesta en la sentencia principal. Esa condena exigía transparentar el registro, los motivos y los vínculos de las autorizaciones especiales otorgadas a personas sin derechos asistenciales propios en Sanidad Policial.
El nuevo fallo se explica por el desacuerdo sobre el alcance de esa entrega. La defensa de Carrera, encabezada por el abogado Juan Manuel González Rossi, sostuvo que el Ministerio del Interior incluyó algunos casos con nombre y apellido pero no explicitó en cuál de las cuatro hipótesis legales que el propio organismo reconoce encuadra cada usuario autorizado, ni aclaró si esas personas entran en las situaciones que el ministerio alega. Del otro lado, la secretaría de Estado argumentó que la exigencia del abogado excedía la pretensión deducida en la demanda, y detalló que la atención a personas sin derechos propios se limita a cuatro hipótesis: policías en actividad o retiro, pensionistas, cónyuges o hijos solteros menores de 21 años o incapacitados, y padres con ingresos inferiores a un salario mínimo nacional. El punto más áspero está en las cifras: el ministerio afirmó que existían únicamente 4.418 autorizaciones especiales registradas desde 2001 a la fecha, pero la numeración de los formularios aportados por la propia demandada supera ampliamente ese número, con valores superiores a 12.000, lo que según el relato del medio genera dudas sobre la veracidad de lo informado. González Rossi señaló además que la documentación aportada carece de numeración correlativa, lo que a su juicio constituye una infracción a las garantías de control administrativo.
Ese diferendo administrativo corre en paralelo al proceso penal contra Carrera, que está suspendido a la espera de que el tribunal de apelaciones que entiende en el caso defina si los delitos prescribieron. La defensa del imputado sostiene que los hechos presuntamente cometidos en 2012 prescribieron a los diez años; la jueza de garantías Diovanet Olivera (Crimen Organizado) rechazó ese planteo, la defensa apeló y el tribunal decretó la suspensión mientras lo estudia. La fiscalía responsabiliza a Carrera por la internación y el tratamiento médico en el Hospital Policial de Víctor Hernández, un vecino de La Paloma que resultó gravemente herido por una bala perdida que se cree salió de la casa del entonces comisario Marcos Martínez, en 2012, cuando Carrera se desempeñaba como director general de Secretaría del Ministerio del Interior, en la gestión de Eduardo Bonomi. La acusación de la fiscalía pide 4 años de prisión por los delitos de fraude y utilización indebida de información privilegiada, mientras la defensa sostiene que no se cometió ningún delito. La teoría de la defensa apunta a demostrar que las autorizaciones especiales para atender a funcionarios no policiales eran frecuentes —y que el propio Bonomi fue uno de los beneficiados— y que en el caso de Hernández todo indicaba que el Ministerio del Interior sería condenado civilmente a indemnizarlo. En el marco de ese proceso, la defensa recurrió a la vía administrativa para obtener información, con una petición al Ministerio del Interior para la que contrató al profesor de Derecho Administrativo Daniel Ochs.
Si el Tribunal Penal de 2º Turno confirma el fallo, la jueza podrá redactar el auto de apertura al juicio, en el que deberá resumir la acusación de la fiscalía. En el plano administrativo, el Ministerio del Interior queda intimado a cumplir formalmente con lo solicitado en un plazo de 60 días, y la diferencia entre la cifra que informó el organismo y la numeración de los formularios que él mismo aportó queda como uno de los puntos centrales del expediente. La petición administrativa que tramita Ochs apunta, además, a que el ministerio informe a cuántas personas atendió bajo excepción y si va a iniciar un juicio para recuperar el dinero invertido en esos casos.
González Rossi sostuvo que el Ministerio del Interior "habría elegido arbitrariamente, sin asidero legal, y en forma absolutamente unilateral qué información proporcionar y cuál ocultar, intentando sustraerse de sus obligaciones legales y constitucionales y de lo condenado por la Sede", y cuestionó que la contestación incumplió los principios rectores de disponibilidad, eficiencia, integridad y conservación de los archivos públicos. En una de las audiencias del control de acusación que El Observador presenció, el abogado planteó que "si el ministerio tuviera una posición coherente tendría que decirle a Víctor Hernández: le di todo esto pero como finalmente no fui responsable usted me tiene que devolver todo esto", y agregó que si el ministerio entiende que no hubo daño, "cae el elemento del delito". Consultado por el medio sobre el alcance del planteo desde el derecho administrativo, Ochs explicó que entran en juego dos principios: el de igualdad, que "exige que la Administración Pública trate los asuntos que son idénticos de la misma manera" y no admite "tratamientos dispares que no tienen una justificación razonable", y el de razonabilidad, que "exige de la Administración en un sistema democrático un obrar coherente, uniforme y razonable". "No es razonable que en un caso similar haya decidido hacer una denuncia (penal a Carrera), estimando que hay una eventual configuración de delitos y tolere o admita pacíficamente que haya centenares de casos idénticos que no son objeto de ningún tratamiento represivo", afirmó.
Documentos y fuentes
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Mencionados en esta nota: Charles Carrera, Daniel Ochs, Diovanet Olivera, Eduardo Bonomi, El Observador, Hospital Policial, Juan Manuel González Rossi, La Paloma, Marcos Martínez, María Eugenia Ferrer Sugo, Ministerio del Interior, Sanidad Policial, Víctor Hernández