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El SNIG interdicta desde el 15 de octubre a los DICOSE que no presentaron la Declaración Jurada 2026

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15/10/2026, 4:01:45 p. m.

El SNIG interdicta desde el 15 de octubre a los DICOSE que no presentaron la Declaración Jurada 2026

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Resumen

El SNIG del MGAP comunicó que desde el 15 de octubre de 2026 los números de DICOSE que no presentaron la Declaración Jurada 2026 quedan interdictos y no pueden realizar transacciones de animales. Los alcanzados quedan con un antecedente pasible de sanciones y deben seguir cuatro pasos para regularizar, que terminan con el pedido de levantamiento de la interdicción por correo electrónico. El sellado del acta por incumplimiento puede hacerse en la sede central del MGAP en Montevideo, en oficinas territoriales del SNIG del interior o en la Oficina Coordinadora Departamental de DICOSE.

El Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) comunicó que a partir del 15 de octubre de 2026 los números de DICOSE que no presentaron la Declaración Jurada 2026 quedarán interdictos en el sistema y no podrán realizar transacciones de animales hasta regularizar su situación. La comunicación, difundida por el propio organismo, precisa que esos números de DICOSE quedarán además con un antecedente pasible de sanciones.

La restricción se aplica a quienes no presentaron la Declaración Jurada 2026 dentro de los plazos que establece la normativa vigente. El SNIG indica que la declaración realizada fuera de plazo corresponde a un incumplimiento pasible de sanciones, y que por ese motivo el sistema bloquea las transacciones de animales hasta que el tenedor complete el trámite y solicite el levantamiento de la interdicción.

El comunicado enlaza la Resolución N° 855/026 y una guía rápida para realizar la Declaración Jurada Electrónica, que el MGAP publica también como archivo PDF. La mecánica para regularizar a los omisos ya se había aplicado en campañas anteriores: el SNIG difundió comunicados equivalentes para los omisos de la Declaración Jurada Anual de años previos, como el correspondiente a la campaña 2024, con los mismos pasos de acta por incumplimiento, sellado en oficina habilitada y pedido de levantamiento de la interdicción por correo electrónico.

El efecto directo de la interdicción es que esos números de DICOSE quedan fuera del circuito de la hacienda: no podrán realizar transacciones de animales hasta que la situación se regularice. Para salir de esa situación, el SNIG detalló cuatro pasos: realizar la Declaración Jurada fuera de plazo en formato electrónico, descargar e imprimir el acta por incumplimiento —la "Notificación de Declaración Jurada fuera de Plazo"—, presentar el acta impresa junto con los descargos en una oficina habilitada para su recepción y sellado, y enviar un correo a info@snig.gub.uy solicitando el levantamiento de la interdicción, con una fotografía del acta sellada adjunta. El sellado puede hacerse en la sede central del MGAP en Montevideo (Constituyente 1476), con atención mediante agenda, en las oficinas territoriales del SNIG del interior o en la Oficina Coordinadora Departamental de DICOSE. Las consultas sobre la Declaración Jurada electrónica se reciben en djelectronica@snig.gub.uy, y la mesa de ayuda del SNIG atiende en el 2 4102790 y en info@snig.gub.uy.

Mencionados en esta nota: DICOSE, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), Montevideo, Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG)