La Justicia condenó al Ministerio de Defensa a entregar en 10 días información sobre siete vuelos militares vinculados a desaparecidos de la dictadura
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14/10/2026, 11:21:59 p. m.
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Resumen
Un juez uruguayo condenó al Ministerio de Defensa a entregar en diez días información sobre siete vuelos militares que presuntamente trasladaron uruguayos detenidos desaparecidos desde Argentina entre 1973 y 1985. El fallo responde a un pedido del periodista Roger Rodríguez, luego de que la cartera alegara sin éxito que esos documentos no existen.
Según informa El País, el juez Alejandro Martínez de las Heras, titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 2º Turno, condenó este martes al Ministerio de Defensa Nacional a publicar información detallada sobre siete vuelos de aeronaves militares uruguayas que presuntamente trasladaron, entre 1973 y 1985, a uruguayos detenidos desaparecidos desde Argentina hacia Uruguay durante la dictadura. El fallo intima a la cartera a entregar la documentación en un plazo de diez días corridos, luego de que el ministerio sostuviera en el expediente que esos documentos no existen.
El magistrado sostuvo, de acuerdo con el fallo al que accedió El País, que el Ministerio de Defensa no podía ampararse en la inexistencia de los documentos porque no acreditó haber realizado una búsqueda "seria, exhaustiva y razonable" de los archivos. Martínez de las Heras agregó que los organismos públicos tienen la obligación de producir y conservar sus propios registros sobre la actividad que cumplen, y que eso no equivale a crear información nueva, como había argumentado la cartera para desestimar el pedido. El juez también concluyó que había operado el llamado "silencio positivo" previsto en la Ley de Acceso a la Información Pública, dado que el ministerio dejó vencer el plazo para responder sin dictar una resolución formal que aceptara o rechazara la entrega de los registros.
La solicitud había sido presentada en mayo de este año por el periodista Roger Rodríguez, quien investiga crímenes de lesa humanidad cometidos durante el gobierno de facto (1973-1985), y que pidió los historiales de vuelo de siete aeronaves de transporte aéreo militar, incluyendo registros de partidas, escalas, destinos y la identificación de pilotos, tripulantes y responsables de planificar o ejecutar las misiones, con especial atención a los viajes entre Uruguay y Argentina realizados entre 1974 y 1978. Rodríguez había aportado incluso las matrículas de los aviones. Al no obtener respuesta formal dentro del plazo, y tras considerar que el ministerio había clasificado los documentos como reservados de forma extemporánea, el periodista recurrió primero a la Unidad de Acceso a la Información Pública y luego a la Justicia Civil, argumentando que ninguna reserva puede oponerse cuando la información está vinculada a investigaciones sobre violaciones de los derechos humanos. El ministerio, por su parte, había respondido en el expediente que no se negó a entregar información ni la declaró reservada, sino que realizó búsquedas sin obtener los documentos, y que ya le había entregado a Rodríguez en 2025 información sobre matrículas y modelos de aviones en una solicitud anterior.
El juez desestimó ese argumento al señalar que la segunda solicitud de Rodríguez involucraba información mucho más amplia y con un objeto distinto al de 2025, por lo que no podía considerarse ya satisfecha. Con el fallo firme en esta instancia, el Ministerio de Defensa queda obligado a entregar la documentación solicitada dentro de los diez días corridos establecidos por el juzgado, lo que podría aportar nuevos elementos a las investigaciones sobre la coordinación represiva entre las dictaduras del Cono Sur conocida como "Plan Cóndor", en cuyo marco se sospecha que pudieron trasladarse de forma clandestina detenidos desaparecidos uruguayos retenidos en Argentina.
El juez Alejandro Martínez de las Heras sostuvo en el fallo, según la cita que reproduce El País: "Si no se 'posee' la información pública requerida por el actor, como se alega al contestar la demanda, debió dictarse un acto administrativo (...) negando el acceso a la información, justamente, fundado en la invocada inexistencia de la información pública solicitada. Y si ello no se realizó, no cabe otra conclusión que considerar que la información existe y la demandada debe brindarla". El periodista Roger Rodríguez había argumentado ante la Justicia que el ministerio actuó con voluntad de demorar la entrega de los documentos y que los registros solicitados deberían estar debidamente organizados y disponibles. El Ministerio de Defensa, por su parte, sostuvo en su respuesta que no se negó a entregar información pública ni la declaró reservada, sino que realizó las búsquedas correspondientes sin obtener los documentos requeridos, y que la ley no obliga a los organismos a crear información que no poseen.
Documentos y fuentes
- Artículo de El País sobre el fallo judicial contra el Ministerio de Defensa (jerarquía 4, verificada)
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Mencionados en esta nota: Alejandro Martínez de las Heras, El País, Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 2º Turno, Ministerio de Defensa Nacional, Roger Rodríguez, Unidad de Acceso a la Información Pública