Condenan a 22 meses de libertad a prueba a un joven de 18 años por violencia doméstica agravada en Florida
Verificado según el Código · v1.0
26/10/2026, 5:21:33 p. m.
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Resumen
Un joven de 18 años fue condenado a 22 meses de prisión en régimen de libertad a prueba por reiterados delitos de violencia doméstica agravados contra una joven de 19 años. La causa se inicio con una denuncia recibida por la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género de Florida y se resolvio en el Juzgado Penal de 1er. Turno. Uno de los delitos concurrio formalmente con lesiones personales.
Un joven de 18 años fue condenado a 22 meses de prisión, que cumplirá en régimen de libertad a prueba, por reiterados delitos de violencia doméstica agravados por tratarse la víctima una mujer. La sentencia se dictó en audiencia en el Juzgado Penal de 1er. Turno de Florida, en una causa que tuvo como punto de partida una denuncia recibida por la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género (CEVDG) de ese departamento. La víctima es una joven de 19 años, según el relato de la Jefatura de Florida. El indagado fue declarado autor penalmente responsable de esos delitos, uno de los cuales concurrió formalmente con un delito de lesiones personales. La pena de 22 meses quedó sujeta a las condiciones previstas en el artículo 295 bis del Código del Proceso Penal.
Antes de la audiencia, la denuncia puso en marcha las actuaciones que la CEVDG realiza para este tipo de hechos. Una vez enterados la Fiscalía Departamental y el Juez de 1er. Turno, se decretaron medidas cautelares de prohibición de comunicación y de acercamiento entre las partes. Ese fue el camino que llevó el caso al Juzgado Penal de 1er. Turno, donde el indagado terminó condenado. Las circunstancias del hecho de violencia que originó la denuncia: no disponible en la fuente.
La condena deja al joven de 18 años como autor penalmente responsable de reiterados delitos de violencia doméstica agravados, con una pena de 22 meses de prisión que se cumplirá en régimen de libertad a prueba, sujeto a las condiciones previstas en el artículo 295 bis del CPP. Las condiciones concretas de ese régimen: no disponible en la fuente. El plazo y el alcance de las medidas cautelares de prohibición de comunicación y acercamiento: no disponible en la fuente.
Documentos y fuentes
- Jefatura de Florida, comunicado oficial publicado en el sitio web del Ministerio del Interior (jerarquía 3, verificada)
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Mencionados en esta nota: Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género de Florida, Fiscalía Departamental de Florida, Florida, Jefatura de Florida, Juzgado Penal de 1er. Turno de Florida, Ministerio del Interior